República. Dominicana, lunes, 06 de septiembre de 2010
articulos.jpg
Imprimir E-Mail

Información de Compras Inmobiliarias en Constanza 

Invertir en estos momentos en Constanza, ofrece la posibilidad de conseguir una excelente rentabilidad financiera. Además, es invertir en una de las zonas montañosa más bellas del Caribe. La inversión inmobiliaria en esta zona es muy beneficiosa para quienes buscan rentabilidad, estabilidad y plusvalía que no obtiene con otros medios de inversión. 

El procedimiento de compra de un inmueble en Constanza no es diferente al establecido en el resto del país. Aunque es sencillo y posible realizar la compra sin asesoría profesional, se recomienda siempre recurrir a los consejos expertos de un abogado que nos pueda orientar claramente los pasos a seguir, además de efectuar las diligencias de lugar. 

El vendedor del inmueble deberá proporcionar los siguientes documentos:

  • Fotocopia del Certificado de Título del inmueble.
  • Fotocopia de mensura o del plano del inmueble.
  • Fotocopia de su cédula de identidad o su pasaporte y la de su cónyuge si es casado.
  • Fotocopia del recibo de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en que conste el último pago del impuesto sobre la propiedad (IVSS) o fotocopia del certificado de exención del pago de dicho impuesto, al igual que copia de la certificación de la DGII que valide que el vendedor se encuentre al día con sus obligaciones fiscales. 

Una vez obtenida la documentación antes indicada, el abogado se cerciora de que el inmueble que figura en el Certificado de Título se encuentra libre de todo derecho de tercero y de que sea exactamente el inmueble que desea comprar su cliente. 

El comprador y el vendedor deben comparecer ante un Abogado-Notario para suscribir un Acto de Venta que contendrá la descripción legal del inmueble a comprar, el precio de venta y demás condiciones propias de la venta. 

El Acto de Venta deberá presentarse ante la colecturía de Constanza (Administración local de la DGII) con el fin de diligenciar la tasación del inmueble comprado, verificar que el comprador se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y pagar los impuestos de traspaso correspondientes. 

El Acto de Venta y el Certificado de Título del vendedor se depositarán, junto con la documentación expedida por la DGII, en la oficina de Registro de Título de La Vega, donde se inscribirá la compraventa. 

La oficina de Registro de Títulos de La Vega procederá a inscribir la compra en sus libros-registros, a expedir un nuevo Certificado de Título a favor del comprador, y a cancelar el Certificado emitido anteriormente al vendedor. La expedición del nuevo Certificado de Título puede tomar en promedio de 15 a 20 días, con un tiempo máximo de 30 días. 

Informaciones generales: 

  • No existe en la actualidad restricción alguna a la compra de parte de extranjeros de inmuebles en la República Dominicana. En 1998, el decreto presidencial 21-98 estableció que los extranjeros podían comprar libremente todas las propiedades que quisieran, junto con el título de posesión. El único requisito es que el Registro de Títulos mantenga record, para fines estadísticos, de todas las ventas hechas a extranjeros.
  • Existe una nueva ley de libertad de impuestos que hace referencia a las áreas turísticas con fuerte potencial que necesiten desarrollo. Las compañías que reúnen ciertas características estarán exentas del pago de impuestos durante un período que va de 3 a 10 años. 

Para mayor información de tipo legal puede contactar al Lic. Bienvenido Concepción, Abogado-Notario, (e-Mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla , Telf. Oficina (809) 539-3404) quien gentilmente nos proporcionó los datos legales aquí expuestos.